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Disciplina Urbanística es la culpable del enfriamiento entre el Ayuntamiento y la Junta de Andalucía
Analista - viernes 14 de enero de 2005     Mostrar Opciones
El Delegado Provincial de la Consejería de Obras Públicas, Ruiz Povedano, reconoce “que el tripartito ha creado el servicio de Disciplina Urbanística que no existía en Marbella” y por otra parte dice que “no hay disciplina preventiva, no hay inspecciones, no se protege la legalidad, no hay expedientes sancionadores. En definitiva, el tripartito no se toma en serio una potestad que debe cumplir”.

El Sr. Povedano lleva toda la razón: no se puede hacer cumplir la Disciplina Urbanística si el ayuntamiento no controla las obras y levantan Actas para exigir a los propietarios la legalización de las obras y en su caso su paralización y/o demolición; y también si no se impone sanciones a los responsables; pero se contradice porque por una parte reconoce “que el tripartito ha creado el servicio de Disciplina Urbanística que no existía en Marbella” y por otra parte dice que no se abre expedientes sancionadores....
Esto significa que ningún ciudadano de Marbella o San Pedro ha sido sancionado por realizar obras sin permiso.... busquen en el baúl de los recuerdos....

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Un Lector - viernes 14 de enero de 2005     Mostrar Opciones
Lo lamentable analista es que si un ciudadano hace una obra sin permiso lo crujen y esta gentuza haga lo que haga no pasa nada. Por ejemplo, denuncio publicamente que se sigue trabajando en el
hotel " Montaner" junto al Palacio de Congresos cuando estaba paralizada la obra. ¿ porque no actúa la junta y la justicia? ¿son conniventes?

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Un Lector - viernes 14 de enero de 2005     Mostrar Opciones
No se puede hacer cumplir la Disciplina Urbanística si no se cumple con el procedimiento legalmente establecido en los expedientes sancionadores que los Ayuntamientos abran contra las personas responsables de realizar obras sin permiso.
Los actos son nulos de pleno derecho cuando se dictan prescindiendo total y absolutamente del procedimiento legalmente establecido. Se incurre en vicio de nulidad si al notificarse al interesado la iniciación del procedimiento sancionador no se designa el Instructor y Secretario del expediente. Este defecto produce además indefensión.
Por lo tanto, si los responsables de las obras ilegales hacen constar que el expediente sancionador se ha tramitado prescindiendo del procedimiento legalmente establecido, el Ayuntamiento estará obligada a declarar nula la sanción recaiga en el expediente sancionador......

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ppknoarq - sábado 29 de enero de 2005     Mostrar Opciones
Una cosa es crear un Dpto. de Disciplina Urbanística (que por otro loado ya existía de antemano, aunque con otro nombre) y otra cosa es que se utilice para lo que realmente debe existir. Es decir, para hacer cumplir la Legalidad Urbanística a todos los niveles, paralizando y VIGILANDO que la paralización se mantenga en las obras ilegales.
En la actualidad dicho Dpto. se está utilizando para poner multas (coger más pasta) a los pobres desgraciados como usted ó yo que empiezan sus obras de chalets ó sus reformas antes de que les notifican las licencias, desesperados porque llevan 1 año (o más) esperando y ya han ido 10 ó 12 veces a preguntar a la GMU sin respuesta, pero no para hacer cumplir los dictamentes de la Comisión Provincial ó del TSJA que obligan a paralizar las promociones ilegales de 100, 200 ó 300 vvdas.

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