|
Agregue este mensaje a sus Favoritos
|
¡Al Cesar, lo que es del Cesar!
|
CF - martes 18 de octubre de 2005 Mostrar Opciones
| Por: CF |
| Fecha: martes 18 de octubre de 2005 |
| Asunto: ¡Al Cesar, lo que es del Cesar! |
| Responder citando |
¿Sabian que hay una leye del 22 de Julio de 1988 que no permite la construcción a menos de 100 metros de la orilla?
Nos la llevan colando desde entonces, con total impunidad.
CAPÍTULO II.
SERVIDUMBRES LEGALES
SECCIÓN 1. SERVIDUMBRE DE PROTECCIÓN
Artículo 23.
1. La servidumbre de protección recaerá sobre una zona de 100 metros medida tierra adentro desde el límite interior de la ribera del mar.
2. La extensión de esta zona podrá ser ampliada por la Administración del Estado, de acuerdo con la de la Comunidad Autónoma y el Ayuntamiento correspondiente, hasta un máximo de otros 100 metros, cuando sea necesario para asegurar la efectividad de la servidumbre, en atención a las peculiaridades del tramo de costa de que se trate.
Artículo 24.
1. En los terrenos comprendidos en esta zona se podrán realizar sin necesidad de autorización cultivos y plantaciones, sin perjuicio de lo establecido en el artículo 27.
2. En los primeros 20 metros de esta zona se podrán depositar temporalmente objetos o materiales arrojados por el mar y realizar operaciones de salvamento marítimo; no podrán llevarse a cabo cerramientos, salvo en las condiciones que se determinen reglamentariamente.
Los daños que se ocasionen por las ocupaciones a que se refiere el párrafo anterior serán objeto de indemnización según lo previsto en la Ley de Expropiación Forzosa.
Esta ultima...
Artículo 15.
Declarada la utilidad pública o el interés social, la Administración resolverá sobre la necesidad concreta de ocupar los bienes o adquirir los derechos que sean estrictamente indispensables para el fin de la expropiación. Mediante acuerdo del Consejo de Ministros podrán incluirse también entre los bienes de necesaria ocupación los que sean indispensables para previsibles ampliaciones de la obre o finalidad de que se trate.
¿Consejo de ministros? ¿cuando a habido de eso?
De todas maneras es bueno saber la ley y como enfrentar los delitos urbanisticos...¿NO? Lo digo por lo "legal" de todas las obras al borde de la playa.
noticias.juridicas.com/base_datos/Admin/l22-1988.t2.html
Responder citando |
|
[ LA MÁS PROFUNDA CONDENA AL EQUIPO DE GOBIERNO DE LA CIUDAD DE MARBELLA ]- Siguiente»
«Anterior -[ LOS SAMPEDREÑOS SON UN PUEBLO ]
|
![]() |
| Quedan |
   |
| días |
para las elecciones municipales |
|
www.vecinosdemarbella.com
www.m95tv.es
ppmarbella-sanpedro.com
PGOU Marbella
Acceso a todo el documento del plan general de Marbella vigente y en tramitación.
www.pgoumarbella.com
www.cursourbanismo.com
|